I- MINISTERIO DE GOBIERNO Y ASUNTOS MUNICIPALES
II- SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y REGISTROS PÚBLICOS
III- DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
ESTRUCTURA
i- Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas
ii- Subdirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas
FUNDAMENTOS NORMATIVOS Y JURÍDICOS
- Ley Provincial Nº 188 (modificada por Ley Nº 190) Creación de la Dirección del Registro Civil.
- Decreto Ley Nº 3.031/89- Organización de la Dirección General del Registro Civil.
- Ley Nacional Nº 26.413 Registro del estado Civil y Capacidad de las Personas.
i- DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS.
1- MISIONES
Tiene como responsabilidad primaria el registro de los hechos y actos que constituyan, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas, como así también, los trámites inherentes al Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte en sus diversas modalidades.
A través de los oficiales públicos del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Gobierno de la Provincia de La Pampa, tiene la misión de labrar actas de nacimiento, matrimonio, defunción, reconocimiento, libretas de familia y notas de referencias entre otras.
Asimismo planificar, coordinar, controlar e implementar las políticas registrales de la Dirección General en el ámbito provincial, interpretando la legislación vigente a fin de atender a la registración de todo acto u hecho que cree, altere o modifique el estado civil y capacidad de las personas y sus correspondientes modificaciones administrativas ó judiciales.
2- FUNCIONES
Organizar el Registro de las Personas realizando las funciones del registro civil y estadística, la inscripción de los hechos vitales promoviendo las acciones judiciales necesarias; realizar la identificación personal y ordenarla modificación del contenido de los asientos.
- Cumplir y hacer cumplir todas las normas jurídicas relacionadas con la registración de actos y hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil o capacidad de las personas.
- Proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos o reglamentarios relativos a la organización y el funcionamiento ordenado del registro de hechos, actos vitales, estado civil, capacidad, identificación, domicilio de las personas y estadística demográfica, fomentando el interés público por la inscripción de los hechos vitales y la identificación personal y coordinando pautas y acciones con organismos provinciales, nacionales e internacionales.
- Garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de todos los habitantes de la Provincia de La Pampa, diseñando planes, programas y proyectos que permitan superar las limitaciones materiales y culturales que dificultan la universalidad en el acceso a la documentación de la población.
- Conducir administrativamente la Dirección General, ejerciendo la superintendencia administrativa, funcional y jerárquica en el ámbito de la estructura funcional de los Registros Civiles locales.
- Participar del Consejo Federal de Registros del Estado Civil y Capacidad de las Personas a los fines de vincular la relación funcional y propender el intercambio de experiencias entre todas las direcciones, estableciendo y unificando criterios sobre interpretación e implementación de la legislación vigente.
- Capacitación, asesoramiento, evacuación de consultas y/o reclamos frente a los jefes de registros, personal y/o comisionados de la provincia, todo ellos con perspectiva de género, acercando al ciudadano el pleno ejercicio de derechos humanos.
- Planificar, coordinar, controlar e implementar las políticas registrales de la Dirección General en el ámbito provincial, interpretando la legislación vigente a fin de atender a la registración de todo acto u hecho que cree, altere o modifique el estado civil y capacidad de las personas.
ii- SUBDIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS.
1- MISIONES
Tiene como responsabilidad primaria colaborar con el Director General, cumpliendo y haciendo cumplir directivas y ordenes de trabajo respecto el registro de los hechos y actos que constituyan, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas, como así también, los trámites inherentes al Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte.
2- FUNCIONES
- Asistir al Director General para con el cumplimiento de sus funciones.
- Supervisar el desenvolvimiento de las tareas realizadas por el personal de la Dirección General.
- Visar y suscribir certificados, testimonios, constancias obrantes en los libros y toda otra documentación inherente a la Dirección General.
- Intervenir ante el poder judicial los expedientes que allí tramite la Dirección.
- Representar al Director General en todo acto específico que éste habilite o indique a tal efecto.
- Colaborar con el Director General en el establecimiento de pautas de trabajo y normas técnico registrales relacionadas con el accionar de la Dirección.
- Evacuar oficios y vistas judiciales.
- Sugerir a la Dirección General, las disposiciones de trabajo en relación al funcionamiento interno y al desarrollo de tareas del personal.
- Llevar el libro de incapacidades y evacuar informes al respecto. Llevar el libro de deudores alimentarios y evacuar informes al respecto.
- Asistir al Director General en todo lo relacionado con la preparación y elaboración de capacitaciones e informes de su gestión.