Las inscripciones de documentos de extraña jurisdicción (nacimiento, defunción, matrimonio y unión convivencial) se asentarán en un libro especial, consignando todos los datos que ellos contengan. No se registrará ningún documento que no se hallare debidamente legalizado por autoridad competente.

Si el documento a inscribirse estuviera redactado en idioma extranjero, deberá ser acompañado de su correspondiente traducción al idioma nacional, lo que deberá ser hecho por traductor público debidamente matriculado.

Requisitos:

Partida Original actualizada y certificada de su lugar de origen.

 

Quien lo puede realizar?

  •  El interesado mayor de edad.
  •  Menores de 18 años: deberá gestionar el trámite cualquiera de sus progenitores o representante legal con DNI (original).

Dónde?

Solicitar dicho trámite ante cualquier Registro Civil de la provincia o en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas.

 

Para más información comunicarse: (02954) 456249 / 562426 / 421298 interno 108 / 109 oficina nota marginales