Este acto puede ser voluntario (a solicitud de los progenitores ó uno de ellos) o forzoso (ordenado por resolución judicial).

Requisitos:

  • Partida de Nacimiento actualizada y DNI del reconociente (madre/padre).
  • Partida de nacimiento actualizada del inscripto a reconocer.

Quién lo puede realizar?

El reconociente a partir de los 13 años en adelante.

Dónde?

En cualquier Registro Civil de la provincia o en la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas.

 

Para más información comunicarse al 02954-562426 / 389599 internos 108 / 109 oficina notas marginales.